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Pagos en efectivoLimite 1.000 Euros
Se ha aprobado la reducción del límite general de pagos en efectivo, pasando de 2.500 a 1.000 euros, para aquellas operaciones en las que al menos una de las partes actúe en calidad de empresario o profesional. Esta modificación entrará en vigor a partir del 11 de julio de 2021.
¿Se aplican los nuevos límites a operaciones previas no pagadas o cobradas? SÍ. La disposición transitoria primera de la Ley 11/2021 establece que los nuevos límites reducidos se aplicarán a todos los pagos realizados a partir de la fecha de entrada en vigor de la norma (11 de julio de 2021), independientemente de que se refieran a operaciones previas a la limitación.
Para determinar las cantidades (1.000 euros), se sumarán los montos de todas las operaciones o pagos en los que se haya dividido la entrega de bienes o la prestación de servicios.
El término ‘efectivo’ abarca los siguientes medios de pago, definidos en el artículo 34.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo:
- Papel moneda y moneda metálica, tanto nacional como extranjera.
- Cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
- Cualquier otro medio físico, incluyendo los electrónicos, diseñados para utilizarse como medio de pago al portador.
Es importante destacar que los pagos y depósitos realizados en entidades de crédito no están sujetos a estos límites.
A partir del 6 de septiembre de 2021, todas las notificaciones y comunicaciones de la Agencia Tributaria estarán disponibles exclusivamente en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú). En la actualidad, las notificaciones de la AEAT se encuentran disponibles en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
La DEHú será el único destino para todas las notificaciones, incluyendo aquellas enviadas únicamente de forma electrónica. El acceso a las notificaciones depositadas por la Agencia Tributaria en la DEHú se realizará a través de dos vías:
- Accediendo al portal https://dehu.redsara.es/ mediante autenticación con certificado electrónico o Cl@ve PIN.
- Utilizando servicios web para la descarga masiva de notificaciones ofrecidos por la DEHú.
Con el propósito de permitir la adaptación de los sistemas necesarios, se ha establecido un periodo transitorio que finalizará el 4 de abril de 2022, durante el cual se mantendrá el envío de notificaciones a la DEH. Al concluir este periodo, la Agencia Tributaria cesará el envío de notificaciones a la DEH.
